Dosier: Representación política y género en América Latina

(hasta el 8 de marzo de 2023) 

 

Coordinadoras invitadas: María Elena Martin y María Inés Tula

 

Argentina fue pionera en introducir una cuota de género del 30% en el sistema electoral por Ley 24.012, sancionada en 1991. Luego, entre 1993 y 2011, sobrevinieron las leyes provinciales de cupo y, paralelamente, esas acciones afirmativas fueron consagradas en la reforma constitucional de 1994.

Con la paridad en la representación política ocurrió lo contrario: el debate comenzó en el plano subnacional y las primeras leyes provinciales fueron sancionadas en tres provincias entre 2000-2002 cuando aún ningún país latinoamericano había comenzado este tipo de reformas en su corpus normativo. Una nueva ola de reformas paritarias comenzó a partir de 2016 cuando la provincia de Buenos Aires aprobó su ley. Desde entonces 17 provincias argentinas siguieron este camino y en 2022 solo quedan tres distritos sin ley de paridad.

La oportunidad para este cambio se dio en medio de un contexto de reclamos y demandas del movimiento feminista. La agenda se nutrió con la primera movilización de #NiUnaMenos en 2015 para terminar con los femicidios y la violencia de género, la marea verde por el derecho al aborto legal, seguro y gratuito y las estrategias y planes delineados desde organismos internacionales como ONU Mujeres con la Agenda 2030, los consensos latinoamericanos con la CEPAL y la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM OEA).

En esta segunda etapa de reformas, en noviembre de 2017 se sancionó la ley nacional de paridad Nº 27.412, siendo nuestro país el sexto en Latinoamérica en realizar esta reforma en la representación política luego de Bolivia, Ecuador, Costa Rica, México y Nicaragua.

Si las cuotas eran una solución transitoria y parcial al déficit de representación femenina, la paridad se orienta a dar una solución permanente en relación con la igualdad categórica que debe ofrecer un sistema democrático en el derecho a elegir y ser electo/a. En ese sentido, la paridad en la representación política propone la reformulación de la concepción del poder político concibiéndolo como un espacio que debe ser compartido entre varones y mujeres como premisa de la condición humana universal, que se justifica en una presencia demográfica equilibrada y, por ello, se la entiende como 50/50. La paridad se constituye así en un requisito de legitimidad democrática y en un umbral para la construcción de una democracia paritaria.

En este contexto, esta convocatoria busca recoger artículos que analicen el impacto de las leyes de cuotas y de paridad, tanto del ámbito argentino como de otros países latinoamericanos, sean del ámbito nacional como subnacional, en el ejercicio de la representación descriptiva y sustantiva. Interesa observar las carreras políticas de legisladoras y concejalas, las condiciones favorables/desfavorables del acceso de mujeres a los órganos electivos y partidarios, en los impactos de los sistemas electorales y el modo de distribución de cargos, en los mecanismos de sanción que consagra cada legislación; en la conformación de las agendas parlamentarias, en la violencia política por razón de género. Asimismo, el registro de las luchas de movimientos de mujeres en la promoción de las reformas, los debates sociales en los distritos en los que aún no se ha avanzado en este sentido y los conflictos que se desencadenaron por la puesta en práctica de esta legislación en los diferentes distritos, tanto en las legislaturas como en los partidos políticos.

 

Se reciben contribuciones hasta el 8 de marzo de 2023.

Los envíos deberán tener un mínimo de 8000 palabras y un máximo de 10000.